Declarar: informar correctamente
La declaración reúne la información económica relevante para determinar el impuesto. Prepararla con soportes ayuda a revisar su situación y a cumplir el deber de informar cuando la ley lo exige.
Una guía para comprender y cumplir
Comprenda la importancia de la declaración de renta en Colombia y aprenda a organizarse para presentar su información y pagar oportunamente si tiene un saldo a cargo.
Leer la guía práctica01 / La importancia de cumplir
Entender la diferencia permite cumplir la obligación que realmente le corresponde. Presentar la declaración no sustituye el pago de un saldo a cargo, y pagar no sustituye la presentación cuando sea obligatoria.
La declaración reúne la información económica relevante para determinar el impuesto. Prepararla con soportes ayuda a revisar su situación y a cumplir el deber de informar cuando la ley lo exige.
Si el resultado exige un pago, hacerlo dentro del plazo evita los intereses de mora que correspondan. Declarar fuera de plazo, omitir la declaración o presentar información incorrecta puede generar sanciones, según el caso.
Referencia normativa: Estatuto Tributario, artículos 634, 641, 643 y 647 — DIAN.
02 / Aprenda a prepararse
Guía general para personas naturales. Cada situación requiere verificar las reglas del año gravable, la residencia fiscal y el régimen aplicable. Para resolver dudas individuales, consulte a un contador público.
Distinga el año de presentación del año gravable. Revise en la DIAN las condiciones relacionadas con ingresos, patrimonio, consumos, compras, movimientos financieros e IVA. No use únicamente su salario mensual para decidir.
Consulte el calendario tributario y los dígitos del NIT que correspondan, sin el dígito de verificación. Revise también si existe una disposición especial aplicable a su situación. Registre el vencimiento antes de preparar la declaración.
Reúna certificados de ingresos y retenciones, información bancaria, bienes, deudas y los soportes de beneficios tributarios que procedan. Compare sus registros con la información disponible en los servicios de la DIAN.
Verifique su RUT, el formulario aplicable y los requisitos de presentación y firma. Compruebe la información y conserve la constancia de presentación. Guardar un borrador no equivale a presentar la declaración.
Revise el saldo a cargo. Si debe pagar, siga las instrucciones oficiales para el recibo y el medio autorizado dentro del plazo. Conserve la declaración, sus soportes y el comprobante de pago; compruebe que la operación se completó.
Material de consulta: renta para personas naturales — DIAN y calendario tributario oficial. Esta guía no calcula impuestos ni determina su obligación individual.
03 / Consulte directamente
Condiciones para declarar, herramientas y material de orientación publicado por la DIAN.
Consultar el micrositio de la DIANVencimientos publicados por la DIAN. Verifique el periodo y la fecha aplicables a su caso.
Consultar el calendario oficialNormativa sobre obligaciones, impuesto, intereses y sanciones en la compilación jurídica oficial.
Consultar la normativa en la DIAN04 / Resuelva conceptos
No. La obligación depende de las condiciones legales aplicables a cada persona y periodo. Verifique el año gravable, la residencia fiscal, el régimen y los criterios oficiales; esta página no reemplaza esa evaluación.
No. La liquidación puede arrojar un saldo a pagar, un saldo a favor o ningún saldo a pagar. Las retenciones y demás conceptos aplicables influyen en el resultado. La obligación de presentar se revisa por separado.
Si existe un saldo a cargo, cumplir el plazo evita los intereses de mora que correspondan. Tener la declaración presentada no significa que ese saldo esté pagado. Revise el recibo, la transacción y sus comprobantes.
Revise su situación con un contador público y consulte las instrucciones de la DIAN. Según el caso, pueden proceder sanciones e intereses. No utilice un valor estimado de esta página para presentar o pagar.
No. Esta es una publicación educativa. No recibe declaraciones, documentos tributarios, claves ni pagos. Para trámites, ingrese por su cuenta a www.dian.gov.co y siga los canales oficiales.
Para observaciones sobre el contenido o solicitudes de privacidad. No envíe contraseñas, documentos de identidad, declaraciones ni información financiera.